Planean un monto máximo y procesos abreviados para juicios laborales

Según la propuesta, la cifra estipulada quedaría en $2,000. Los casos en los que se reclame dicha cantidad o menor a esta podrán resolverse con procesos abreviados.

Nov 14, 2022 | 0 Comentarios

La Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa, se reunió este lunes para continuar el estudio de las reformas al Código de Trabajo, con el fin de reducir la carga laboral en los tribunales, por demandas en esta rama.

Los parlamentarios de Nuevas Ideas, propusieron reformar los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo, para aumentar la suma por la cual un juicio puede resolverse mediante un proceso abreviado., debido a que la cuantía actual corresponde a 200 colones, equivalente a $22.87, monto que no corresponde a la realidad del país.

“El Código de Trabajo tiene muchos vacíos de ley y es por eso que nos interesa ejecutar diversas reformas”, indicó el parlamentario presidente de la comisión, Edgardo Mulato, quien comunicó que esa normativa tiene 50 años de haber sido emitida (1972).

La normativa que rige el campo laboral establece que las demandas y los juicios en los que el monto reclamado sea mayor a 200 colones serán resueltos mediante juicios ordinarios, lo que implica seguir procesos judiciales que pueden demorarse varios meses.

La propuesta, por tanto, es aumentar ese techo y actualizar la cifra a dólares, para posibilitar que los procesos se resuelvan de forma más expedita y con ello contribuir a reducir la mora judicial que puedan tener los Juzgados de lo Laboral.

Según la propuesta, la cifra estipulada quedaría en $2,000. Los casos en los que se reclame dicha cantidad o menor a esta podrán resolverse con procesos abreviados.

“El objetivo de la reforma es resolver los problemas jurídicos a los trabajadores en el menor tiempo posible. El juez de lo Laboral podrá tener más herramientas que le permita simplificar los procesos, por ende se descongestionarán los juzgados y con esto el Estado tendría un ahorro”, aseguró la diputada Evelyn Merlos.

Unas reformas viables y necesarias

Para realizar un análisis fundamentado y con argumentos válidos, los diputados de dicha junta recibieron a expertos en materia de lo Laboral para desarrollar el estudio pertinente de las reformas propuestas.

Ante la comisión se presentó Gerardo Ramírez Sánchez, quien es magistrado de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia (CSJ); Roberto Marcia Cáceres, magistrado de la Cámara Primera de lo Laboral; y Velasco Carpio, abogado que se desempeña en materia laboral.

Los tres invitados coincidieron en que las reformas son viables, porque los procesos jurídicos en los que recaen la mayoría de casos –por tratarse mayor al monto de los $22.87-son largos.

Indicaron que las etapas del proceso abreviado sería lo más favorable, porque sus etapas son: Introducción de la demanda, contestación de esta, ofrecimiento de pruebas y la audiencia única; mientras que en el proceso común son más etapas: Demanda, contestación de esta, etapa de la conciliación, etapa del ofrecimiento de pruebas, audiencia preparatoria y juicio.

“El artículo 378, que habla de la cuantía, debió haberse cambiado desde hace tiempo, porque la carga de los tribunales es bastante alta y esta modificación cumpliría la celeridad de los procesos”, argumentó el magistrado Ramírez Sánchez.

Además, el magistrado Marcia Cáceres hizo la reseña de la existencia del Código de Trabajo e indicó que la redacción del mismo respondió a las necesidades de la época de emisión.

“Antes el salario mínimo era de 105 colones, por lo que se tomó el 20% de esa suma, así que responde a un momento coyuntural y económico que no se equipara a la actualidad”, dijo Marcia Cáceres.

Por su parte, Velasco Carpiodijo que: “El procedimiento ordinario actualmente tiene una cuantía que no está acoplada a la realidad y es un proceso largo, porque consta de seis u ocho etapas y la persona trabajadora no ve resuelta su situación jurídica de una manera pronta”.

Otras modificaciones para acoplar mejor estos cambios

De acuerdo a Mulato, junto a estas reformas de los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo se estudiará la incorporación de la modificación del artículo 586 de esa normativa, que trata sobre los montos económicos.

También evaluarán la temática del tiempo para la incorporación de pruebas y el sumar la presentación de pruebas documentales en las actas que los inspectores levantan, para robustecer el proceso judicial.

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