Asamblea Legislativa reforma Ley que incentiva importación de autos eléctricos

Las medidas tendrán una duración de diez años, cumplido el tiempo el Ministerio de Hacienda debe informar al Congreso «recomendaciones, ampliación o mantenimiento» de los beneficios.

Ago 10, 2022 | 0 Comentarios

Autos híbridos y eléctricos tendrán facilidad en entrar al territorio. Los Diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron este martes una serie de reformas a la Ley de Fomento e Incentivos para la Importación y Uso de Medios de Transporte Eléctricos e Híbridos.

La legislación permitirá que el Gobierno «fomente e incentive» a través de políticas públicas, el uso de medios de transporte eléctricos, tanto en el sector público como el privado, mediante incentivos fiscales a los automóviles, bicicletas, velocípedos propulsados con energía (enchufables y no enchufables), repuestos y otros accesorios afines.

Además el decreto extiende facilidades para la construcción de infraestructura requerida para la recarga de este tipo de automotores con energías limpias.

Regulación

Será la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) la entidad que emita normas para el marco regulatorio de operación técnica y actividad comercial de los centros de recarga, además debe proveer certificados de cumplimiento de las normas de construcción de los mismos.

El Ministerio de Hacienda otorgará los beneficios fiscales para los involucrados, previa calificación y recomendación de parte de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Los interesados deben llevar solicitud a Hacienda por escrito y estar solventes en los ejercicios fiscales anteriores. La cartera de Estado deberá esperar tres días para que la DGII emita resolución, de conseguirla, y responderá en otros tres.

Beneficios fiscales

Mientras que el Gobierno por su parte va a otorgar un derecho arancelario a la importación del 0%, asimismo, exonerar del pago de impuesto a la transferencia de bienes y servicios (IVA) que genere la importación de los bienes, y del Impuesto Especial a la Primera Matrícula de Bienes en el Territorio Nacional, en un cien por ciento.

La disposición aplica a vehículos nuevos, bicicletas y velocípedos; mientras que para los autos usados se aplicará una exención del 25%.

Los proveedores de estaciones de carga tendrán una exención del 100% del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Servicios.

Restricciones 

Carros usados que tengan una antigüedad de siete años a partir de la fecha de su fabricación, no se podrán importar; la medida aplica si tienen los siguientes títulos de procedencia: Pérdida total o recuperado, reparado, devuelto según la Ley de Vehículos Nuevos Defectuosos, destrucción, incendiados, no reparable, desmantelamiento, aplastado, desecho, chatarra, inundado, y cuando el VIN no coincide con otro número en otras partes del vehículos.

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