Avalan cooperación con el extranjero para procesos judiciales

El convenio logra lo anterior con dos sistemas separados e independientes: Con las cartas rogatorias y con tratos de funcionarios diplomáticos, agentes consulares y comisionado.

Ago 12, 2022 | 0 Comentarios

La Comisión de Relaciones Exteriores dictaminó favorable a la ratificación del Convenio sobre la Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial.

Este convenio se refiere a la cooperación judicial en dichas materias. La autoridad judicial de un Estado contratante podrá, en conformidad a las disposiciones de su legislación, solicitar de la autoridad competente de otro Estado contratante, por carta rogatoria, la obtención de pruebas, así como la realización de otras actuaciones judiciales.

¿Cómo funcionará?

  • El Estado realiza la solicitud a la autoridad central
  • La solicitud debe de cumplir con los requisitos establecidos
  • El Estado analiza la solicitud para identificar objeciones
  • La autoridad competente ejecuta las diligencias
  • La autoridad requerida remite constancias resultantes
  • Aplica para asuntos civiles o comerciales, extensivo a familia y medio ambiente
  • Designación de autoridad central para recibir cartas rogatorias
  • Establece obligación de traducir al idioma oficial del Estado, salvo reserva
  • Posibilidad de plantear objeciones por incumplimiento en cooperación
  • La forma de ejecución de cooperación será con la legislación del Estado solicitado
  • Toda actuación de autoridad extranjera mediará con autorización del Estado requerido

El convenio logra lo anterior con dos sistemas separados e independientes: Con las cartas rogatorias y con tratos de funcionarios diplomáticos, agentes consulares y comisionado.

Una carta rogatoria, que es recibida por la Corte, es un documento oficial que representa una solicitud formal hecha por un tribunal de un país a otro en relación con algún tipo de asistencia judicial.

Esta debe de ser ejecutada con carácter “de urgencia” y solamente puede ser denegada en casos específicos. Por último, la ejecución de la carta rogatoria no puede dar lugar a ningún tipo de reembolso de tasas o gastos.

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