Diputados amplían hasta 2023 ley que sanciona a quienes alteren el peso de productos derivados del petróleo

La reforma realizada por la Asamblea Legislativa permitirá que la normativa continúe vigente hasta el 30 de abril del próximo año. Con ello le otorga al Órgano Ejecutivo herramientas para que siga protegiendo el bolsillo de las familias salvadoreñas.

Jun 8, 2022 | 0 Comentarios

Los diputados de la Asamblea Legislativa prorrogaron la Ley Especial Transitoria para Sancionar Infracciones a la Comercialización de Productos Derivados del Petróleo. 

El mandato fue aprobado en marzo pasado y estaría vigente hasta el próximo 10 de junio. Sin embargo, en la sesión plenaria 58, a solicitud del Órgano Ejecutivo, los legisladores autorizaron, con 61 votos, que la aplicación de la normativa se extienda hasta el 30 de abril de 2023. 

El Gobierno, a través del Ministerio de Economía, justificó que la prórroga busca mantener la vigilancia del Estado; y regular y sancionar los abusos en la distribución y comercialización de los productos del petróleo, relacionados con  la cantidad, calidad y precio de la gasolina y el gas licuado. También tiene como propósito garantizar el cumplimiento de las medidas económicas que estableció el Gobierno, meses atrás, a favor de la ciudadanía.

«Sabemos que la crisis que estamos enfrentando globalmente, los precios altísimos de los productos derivados del pretróleo, no la podemos detener, pero sí podemos evitar los abusos en la comercialización. El Gobierno y esta nueva Asamblea estamos unidos en un solo equipo para cuidar de la economía familiar. No vamos a permitir que ninguna empresa se dedique a prácticas que laceren el bolsillo de los salvadoreños», aseveró el diputado de Nuevas Ideas, William Soriano. 

La normativa aprobada por los parlamentarios tipifica las conductas ilegales, determina las faltas a la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos del Petróleo, establece sanciones y el procedimiento para que sean aplicadas por el Ministerio de Economía.

Además, mandata que quienes se dediquen a la comercialización de los productos derivados del petróleo deberán permitir las inspecciones de los delegados de la Dirección de Hidrocarburos y Minas para que tomen muestras, realicen pruebas y ensayos, verifiquen pesos, medidas y revisen cualquier tipo de documentación.

Las empresas deberán respetar el precio máximo de venta del gas licuado en cilindros portátiles, de uso doméstico, establecidos por el Ministerio de Economía.

El incumplimiento de estas obligaciones hará acreedora a la empresa de sanciones administrativas, que consisten en multas que van desde los 500 salarios mínimos hasta los $10 mil.

La ley también mandata a los establecimientos a cumplir con la legislación, los reglamentos técnicos centroamericanos, normas y reglamentos técnicos salvadoreños vigentes aplicables; y realizar las actividades respetando las especificaciones de calidad, cantidad y seguridad en ellos establecidas.

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