Con 77 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa reformaron el artículo 8 de la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos.
Los beneficiados podrán gozar de una licencia médica remunerada aunque no hayan cumplido 6 meses de trabajo esta incluye por incapacidad, accidentes comunes, maternidad y riesgos profesionales desde el primer día del vínculo laboral.
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