El anteproyecto de Ley Crecer Juntos ya comenzó a estudiarse en la Asamblea Legislativa y contempla la sustitución a la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (LEPINA) por elementos similares, así como la Ley de Salas Cuna.
¿En qué consiste la ley?
- Cierra puertas al aborto
La normativa establece el derecho de la vida de los menores desde el momento de su concepción, por lo que no da paso a los abortos.
El Estado deberá crear políticas, programas, proyectos y servicios con accesos y cobertra universal e inclusiva que garanticen la atención preconcepcional, prenatal, perinatal, posparto, neonatal, pediátrica y de los adolescentes.
- Embarazo en niñas y adolescentes
Según el proyecto de ley, el Estado implementará políticas para la prevención y atención; la niña o adolescente embarazada tiene derecho de ser protegida de discriminación; este tipo de embarazo será considerado de alto riesgo.
- Salud mental
Bajo esta ley, las instituciones públicas incorporarán programas de abordaje de salud mental, priorizando los entes educativos, de servicios de cuidado y protección.
- Educación sexual
Se establece el derecho de recibir educación integral de la sexualidad y atención de la salud sexual y reproductiva; las instituciones del Estado garantizarán el acceso de programas y educación, previniendo el abuso sexual.
Se añaden apartados sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes con Virus de Inmunodeficiencia Humano (VIH).
- Se prohibe el uso de la imagen de niños y niñas
Al igual que la LEPINA, la nueva normativa incluiría los derechos al honor, imagen, vida privada e intimidad; se prohíbe el uso de la imagen que afecten la intimidad en contenidos que inciten la violencia o que sean inadecuados para su edad; las imágenes o nombres de la niñez en publicaciones de cualquier medio donde los identifiquen como víctimas o testigos de delitos serán sancionados.
- Actividades laborales podrán iniciar hasta los 14 años
La edad mínima para actividades laborales es de 14 años, siempre que sea indispensable para su subsistencia o de su familia en contextos de urgencia; esto solo si se le permite el ejercicio del derecho a la educación, juego y recreación. El registro lo debe llevar el Ministerio de Trabajo.
- Un sistema de protección integral con nuevas instituciones
- Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (CONAPINA)
- Instituto Crecer Juntos
- Ministerio de Salud
- Ministerio de Educación
- Ministerio de Hacienda
- Ministerio de Gobernación
- Ministerio de Trabajo
- Ministerio de Seguridad
- Comités locales de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia
- Juntas de Protección de Niñez y Adolescencia
- Defensorías de Niñez y Adolescencia
- Órgano Judicial
- Procuraduría General de la República
- Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos
- Fiscalía General de la República
- Miembros de la Red de Entidades de Atención de Niñez y Adolescencia
- Salas cuna y atención de primera infancia
La ley establece los Centros de Atención a Primera Infancia (CAPI) bajo responsabilidad del Estado; a atención es a menores de 4 años de edad; esto también aplicará para los hijos de personas trabajadoras. Los horarios serán de lunes a viernes en jornada diurna.
Los patronos con 100 o más trabajadores deberán garantizar el acceso a los CAPI a los hijos de sus trabajadores; no se podrá limitar el número de hijas e hijos beneficiados.
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