Estos son los cambios, nuevos tiempos y ampliación de delitos en la Ley de Intervención a las Telecomunicaciones que avalaron diputados 

Solo el Fiscal General podrá solicitar la intervención de las comunicaciones, ampliaciones y prórrogas, ya sea directamente o por un delegado.

Oct 25, 2022 | 0 Comentarios

La Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa dictaminó reformar la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones a petición del Gobierno

¿En qué consisten las modificaciones?

No es intervención…

No se llamará como intervención las escuchas telefónicas o partación de telecomunicaciones que se den en los dispositivos que pertenecen a las víctimas de delitos que se investigan.

Delitos que aplican a la intervención

Homicidio y sus agravantes; se añade el homicidio imperfecto o conspiración.

Feminicidio, delitos cometidos por medios informáticos o electrónicos regulados en la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.

También se añade para los delitos como robo, robo agravado, receptación, hurto de automotores y relativos al patrimonio.

Se mantiene para las investigaciones por drogas, terrorismo, delitos informáticos, comercio de personas, extorsión y privaciones de libertad.

La solicita Fiscalía

Solo el Fiscal General podrá solicitar la intervención de las comunicaciones, ampliaciones y prórrogas, ya sea directamente o por un delegado.

Respuesta de juzgado más rápida

El juez deberá responder en un plazo no mayor de cuatro horas a la solicitud de intervención a las telecomunicaciones; si se autoriza deberá fijar la duración; Fiscalía incluso puede pedir el proceso de forma electrónica.

La prórroga puede pedirse dentro de los cinco días hábiles antes que venza el plazo autorizado.

Expediente reservado

Las actuaciones bajo la intervención a las comunicaciones serán documentadas por el fiscal en un expediente administrativo que será reservado.

El material recolectado no podrá ser editado en ningún momento; esto conformará prueba documental en el proceso.

Identificar origen de llamadas, registros y fotografías de usuarios: Dictaminan reformas a Ley de las Telecomunicaciones

La Comisión de Seguridad aprobó más obligaciones a los operadores de servicio para la investigación de delitos en la Ley de Telecomunicaciones, en el marco del régimen de excepción.

La normativa ya tenía obligaciones, como el registro de todos los usuarios, incluyendo prepago, en caso que se requiera por investigaciones de delitos; además, entregar a la Fiscalía General de la República (FGR), cuando sea requerido, los datos de registro de línea o líneas telefónicas investigadas, registros de llamada y suspensión temporal de líneas.

Las reformas añaden obligaciones:

  • Procedimientos y soluciones técnicas para almacenar imágenes de documentos y fotografías del usuario que contrate servicios que lo localicen geográficamente donde se realiza la venta y activación de servicio.
  • Dar acceso a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) a plataformas o sistemas para gestión de incidencias con el usuario para conocer casos del proceso, resueltos y no resueltos.
  • Contar con mecanismos para registrar y bloquear terminales móviles que posean reporte de hurto o robo.
  • Aplicar procedimientos para identificar nombre o razón social de los originadores de las llamadas entrantes en todos los usuarios del servicio de telecomunicaciones.

De no acatar las obligaciones, implicará una infracción especial entre los 500 a 1,000 salarios mínimos mensuales del sector comercio.

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