Estudian reformas para impugnar paternidad para que quien afirme ser el padre biológico inicie el proceso

Mar 31, 2022 | 0 Comentarios

La Comisión de la Familia inició el estudio de una reforma al Código de Familia referida a la impugnación de paternidad.

Esta modificación corresponde a una sentencia de inconstitucionalidad de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) del 17 de enero del presente año.

La reforma es al artículo 151 de la Impugnación por Marido, para adicionar la legitimación procesal activa de quien afirme ser el padre biológico y que su reconocimiento no provoque abusos.

Con esta reforma, además de impugnar la paternidad por el marido probando que el hijo no ha sido engendrado por él; así como cuando el hijo ejerza su derecho a investigar su paternidad; se estudia añadir el siguiente elemento:

“Podrán impugnar la paternidad que por ley se atribuye al marido: … Aquel que considere el padre biológico siempre que su pretensión se fundamente en razones objetivas que conduzcan a pensar razonablemente que es probable que él sea el padre”.

El estudio comenzó con la titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Miriam Aldana, quien propuso que en ausencia del padre biológico o la muerte del este, pueda incorporarse a los ascendientes y descendientes del mismo, tomando en cuenta que pertenezca al primer grado de consanguinidad.

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