Proponen que los delitos de feminicidio y feminicidio agravado no prescriban

Se trata de reformas a los artículos 32 de la prescripción penal y 34 de la prescripción durante el procedimiento, del Código Procesal Penal.

Feb 15, 2023 | 0 Comentarios

Los delitos de feminicidio y feminicidio agravado no tendrán fecha de vencimiento para iniciar la acción penal y ni para la continuación del proceso, según la propuesta que presentó el diputado Salvador Chacón en la Asamblea Legislativa.

Se trata de reformas a los artículos 32 de la prescripción penal y 34 de la prescripción durante el procedimiento, del Código Procesal Penal.

Actualmente, la normativa indica que todos los delitos prescriben después de un plazo igual al máximo de la sanción de prisión, a excepción de tortueas, actos de terrorismo, secuestro, genocidio, delitos contra la libertad secual de menor o incapaz, desaparición forzada.

Con la reforma, entre las excepciones se añadiría el feminicidio y el feminicidio agravado.

Además, sobre la prescripción durante el procedimiento, la ley establece que la inactividad en el proceso se declarará como prescrito tras pasar un plazo igual a la mitad del máximo previsto en los delitos sancionados con pena de prisión; esto sería reformado para referidos delitos.

«Hemos conocido que los casos de feminicidios, conforme pasa el tiempo, no son resueltos y no hay una persecución penal. Por lo tanto, buscamos que estos delitos de feminicidio y feminicidio agravado no prescriban», detalló Chacón.

Las reformas no serían retroactivas.

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